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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 806
Artículo 806 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no sirve, como cuando se cancela una regla. Se quitó oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Así que hoy no tienes que preocuparte por él, ya no existe ni aplica.
Texto oficial
Artículo 806.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.