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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 809
Artículo 809 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe ni tiene validez. Fue eliminado de la ley en dos ocasiones, primero el 21 de noviembre de 1963 y luego el 4 de enero de 1994. Por eso no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es aplicable en ningún caso.
Texto oficial
Artículo 809.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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