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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/818
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
818

Artículo 818 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe ni se aplica. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley oficialmente, así que no tienes que preocuparte por él. Las fechas indican cuándo se quitó: primero en 1963 y luego de nuevo en 1994. En resumen, es como si hubiera sido borrado y ya no sirve para nada.

Texto oficial

Artículo 818.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 85) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.