- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 826
Artículo 826 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 826 fue eliminado de la ley, es decir, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Esto pasó porque se derogó (se canceló) en dos fechas distintas: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por este artículo porque no aplica para nada en la actualidad.
Texto oficial
Artículo 826.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.