- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 834
Artículo 834 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 834 ya no existe en la ley porque fue derogado, es decir, se eliminó oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Esto significa que no tienes que preocuparte por lo que decía, ya que ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, ese artículo está completamente fuera de uso y no aplica para nada hoy en día.
Texto oficial
Artículo 834.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.