- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 855
Artículo 855 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. La ley lo eliminó por completo en 1963 y luego otra vez en 1994. Como está derogado, no tienes que preocuparte por su contenido. Lo único que necesitas saber es que ya no existe ni aplica para ningún trámite o situación legal actual.
Texto oficial
Artículo 855.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994 CAPITULO XI De los Casos en que se Anula, Rescinde o Modifica el Contrato de Seguro (Se deroga). Capítulo derogado DOF 21-11-1963
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.