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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/872
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
872

Artículo 872 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 872 ya no existe porque fue eliminado de la ley en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. "Derogar" significa que una norma se cancela oficialmente y deja de aplicarse. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por este artículo, ya que no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 872.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 88) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.