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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 873
Artículo 873 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 873 fue eliminado de la ley. Esto significa que ya no existe ni tiene validez. Se quitó en dos ocasiones: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego de nuevo el 4 de enero de 1994. Como está derogado, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo.
Texto oficial
Artículo 873.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.