- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 876
Artículo 876 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no está vigente, como cuando borran una regla de un reglamento. Las fechas que aparecen (1963 y 1994) son los momentos en que se canceló oficialmente. Así que no te preocupes: no tienes que cumplir con nada de lo que decía antes.
Texto oficial
Artículo 876.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.