Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/877
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
877

Artículo 877 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley, como cuando tachas algo porque ya no sirve. Se borró oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, no aplica para nada en la actualidad.

Texto oficial

Artículo 877.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 88) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.