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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/895
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
895

Artículo 895 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 895 ya no es válido. Fue eliminado (derogado) por completo en dos ocasiones: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplir con nada que estuviera ahí escrito. En la práctica, es como si ese artículo nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 895.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 89) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.