Artículo 99 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica las responsabilidades de quien usa una firma electrónica. Como usuario, debes cumplir con las obligaciones al usar esa firma, ser cuidadoso para que nadie más use tus datos secretos (como tu contraseña o clave privada) y, si tienes un certificado de firma, asegurarte de que toda la información que diste para obtenerlo sea verdadera. Si no cumples a tiempo, tú eres el responsable legal de lo que pase. Además, si alguien usa tu firma sin permiso, tú pagas las consecuencias a menos que hayas hecho todo lo posible por protegerla, o que la otra persona supiera que tu firma no era segura o no haya sido cuidadosa.
Texto oficial
Artículo 99.- El Firmante deberá: I. Cumplir las obligaciones derivadas del uso de la Firma Electrónica; II. Actuar con diligencia y establecer los medios razonables para evitar la utilización no autorizada de los Datos de Creación de la Firma; III. Cuando se emplee un Certificado en relación con una Firma Electrónica, actuar con diligencia razonable para cerciorarse de que todas las declaraciones que haya hecho en relación con el Certificado, con su vigencia, o que hayan sido consignadas en el mismo, son exactas. El Firmante será responsable de las consecuencias jurídicas que deriven por no cumplir oportunamente las obligaciones previstas en el presente artículo, y IV. Responder por las obligaciones derivadas del uso no autorizado de su firma, cuando no hubiere obrado con la debida diligencia para impedir su utilización, salvo que el Destinatario conociere de la inseguridad de la Firma Electrónica o no hubiere actuado con la debida diligencia. Artículo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado DOF 29-08-2003 CAPÍTULO III DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN Capítulo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado con denominación reformada DOF 29-08-2003
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.