- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 139
Artículo 139 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Impuesto sobre Espectáculos Públicos es un cobro extra que se añade al precio de boletos para eventos como conciertos, obras de teatro o funciones de cine. Para calcularlo, se toma el valor total del boleto y se le aplica el 8% de ese monto. Por ejemplo, si un boleto cuesta 100 pesos, el impuesto será de 8 pesos. Este impuesto no lo paga el organizador, sino que se suma al costo del boleto para quien lo compra.
Texto oficial
ARTÍCULO 139.- El Impuesto sobre Espectáculos Públicos se calculará aplicando la tasa del 8% al valor de los espectáculos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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