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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
139

Artículo 139 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Impuesto sobre Espectáculos Públicos es un cobro extra que se añade al precio de boletos para eventos como conciertos, obras de teatro o funciones de cine. Para calcularlo, se toma el valor total del boleto y se le aplica el 8% de ese monto. Por ejemplo, si un boleto cuesta 100 pesos, el impuesto será de 8 pesos. Este impuesto no lo paga el organizador, sino que se suma al costo del boleto para quien lo compra.

Texto oficial

ARTÍCULO 139.- El Impuesto sobre Espectáculos Públicos se calculará aplicando la tasa del 8% al valor de los espectáculos.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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