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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
14

Artículo 14 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas fiscales que te obligan a pagar impuestos o que ponen multas deben aplicarse al pie de la letra, sin interpretarlas de manera amplia. Eso incluye todo lo relacionado con quién paga, qué se cobra, cómo se calcula la cantidad y la tasa aplicada. En cambio, las demás reglas fiscales sí se pueden interpretar de diferentes formas según la ley. Y si no hay una regla fiscal específica para un caso, se pueden usar otras leyes generales, siempre y cuando no vayan en contra de cómo funciona el derecho público.

Texto oficial

ARTÍCULO 14.- Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalen excepciones a las mismas, así como las que fijen las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa. Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho común, cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho público.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.