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- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 151
Artículo 151 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 151 fue eliminado de la ley. Eso significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Antes podía aplicarse, pero ahora ya no vale para nada. En pocas palabras, este artículo ya no se usa y puedes ignorarlo.
Texto oficial
ARTÍCULO 151.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.