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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/201
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
201

Artículo 201 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a confirmar tu firma frente al registrador, te van a cobrar 112 pesos por cada firma que ratifiques. Eso aplica aunque sea una sola persona o varias. El monto que pagas es por derecho de realizar ese trámite.

Texto oficial

ARTÍCULO 201.- Por la ratificación de firmas ante el registrador, se pagarán por concepto de derechos $112.00 por cada firma. Artículo reformado en su cuota G.O. CDMX 19/12/25

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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