- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 202
Artículo 202 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si firmaste un contrato donde te prestaron algo o compraste a plazos (como un coche o una casa), cuando termines de pagar y ya sea tuyo legalmente, tienes que pagar mil cincuenta y un pesos para actualizar el registro. Eso de "condición" o "reserva de dominio" se refiere a cuando el vendedor se queda como dueño hasta que acabes de pagar. Este dinero es una cuota fija que se paga por cada trámite que hagas para dejar claro que ya eres el dueño completo. Es un costo único, no te lo van a cobrar cada mes.
Texto oficial
ARTÍCULO 202.- Por el registro de cada acto correspondiente al cumplimiento de la condición, cancelación de la reserva de dominio o consolidación de la propiedad, en cada caso $1,051.00. Artículo reformado en su cuota G.O. CDMX 19/12/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.