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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
217

Artículo 217 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 217 dice que si necesitas hacer cambios o agregar información en las actas del Registro Civil (como actas de nacimiento, matrimonio o defunción), tienes que pagar una cuota según el trámite. Por ejemplo, cambiar el régimen patrimonial de tu matrimonio cuesta 3,319 pesos, corregir un error en un acta cuesta 811 pesos, y registrar un divorcio en el acta de matrimonio son 328 pesos. Si alguien falleció fuera de la Ciudad de México o en otro país, el registro de su defunción cuesta 328 pesos. Hacer un acta de nacimiento nueva por cambio de género cuesta 329 pesos, y anular un acta o hacer otras anotaciones cuesta 308 pesos. La única anotación que no pagas es cuando reconoces o legitimes a tus hijos, porque ese trámite es gratis.

Texto oficial

ARTÍCULO 217.- Por las anotaciones marginales e inserciones en las actas del Registro Civil se pagará el derecho por anotaciones en acta del Registro Civil conforme a las siguientes cuotas: De cambio de régimen patrimonial en el matrimonio……………………………………………..$ 3,319.00 De rectificación de actas por enmienda………………………………………………………………$811.00 De actas de defunción de personas fallecidas fuera de la Ciudad de México o en el extranjero ……………………………………………………………………………………………………………. $328.00 De divorcio en el acta de matrimonio………………………………………………………………...$328.00 Del levantamiento de una nueva acta de nacimiento por reasignación sexo-genérica…………...$329.00 De nulidad del acta del estado civil…………………………………………………………………...$308.00 Por otras anotaciones e inserciones………………………………………………………………...$308.00 Por las anotaciones marginales de reconocimiento y legitimación de descendientes, no se pagará el derecho a que se refiere este artículo. Artículo reformado en sus cuotas G.O. CDMX 19/12/25

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.