- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 25
Artículo 25 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 25 dice que todos, sin excepción, deben pagar los impuestos y contribuciones que marca este Código Fiscal. Esto aplica al gobierno federal, estatal y municipal, a empresas del gobierno, a particulares que dan servicios públicos y a cualquier persona o institución, ya sea pública o privada. Aunque otras leyes digan que no tienen que pagar ciertos impuestos o que están exentos, igual deben cubrir lo que aquí se pide, a menos que este mismo Código diga lo contrario. En pocas palabras, nadie se puede salvar de pagar lo que ordena esta ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 25.- La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios, las entidades paraestatales, los prestadores de servicios públicos concesionados de carácter federal o local y, en general, cualquier persona o institución oficial o privada, aún cuando de conformidad con otras leyes o decretos no estén obligados a pagar contribuciones o estén exentos de ellas, deberán cubrir las que establezca este Código, con las excepciones que en él se señalan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.