- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 291 BIS
Artículo 291 BIS del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente el 27 de diciembre de 2024 en la Ciudad de México. "Derogar" significa que se canceló o se borró la ley, como si nunca hubiera existido. Así que no te preocupes por este artículo, ya no tienes que cumplir con nada de lo que decía. Lo único importante es que ya no está vigente.
Texto oficial
ARTÍCULO 291 BIS.- Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 27/12/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.