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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/291%20BIS
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
291 BIS

Artículo 291 BIS del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente el 27 de diciembre de 2024 en la Ciudad de México. "Derogar" significa que se canceló o se borró la ley, como si nunca hubiera existido. Así que no te preocupes por este artículo, ya no tienes que cumplir con nada de lo que decía. Lo único importante es que ya no está vigente.

Texto oficial

ARTÍCULO 291 BIS.- Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 27/12/24

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.