- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 293
Artículo 293 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si compras o regularizas una casa de interés social o popular, tendrás un descuento del 80% o 60% en el impuesto por la compra y en los derechos del registro de la propiedad. Para que te apliquen el descuento, debes comprobar que tu casa es de ese tipo y que su precio no pasa del límite que marca el artículo 2 de este código.
Texto oficial
ARTÍCULO 293.- Las personas físicas que adquieran o regularicen la adquisición de una vivienda de interés social o vivienda popular, tendrán derecho a una reducción equivalente al 80% y 60%, respectivamente, con relación al Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Derechos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, que se generen directamente por la adquisición o regularización. Para que los contribuyentes obtengan las reducciones contenidas en este artículo, deberán acreditar que su vivienda es de interés social o popular, cuyo valor no debe exceder de los determinados en el artículo 2 de este Código.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.