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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
293

Artículo 293 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si compras o regularizas una casa de interés social o popular, tendrás un descuento del 80% o 60% en el impuesto por la compra y en los derechos del registro de la propiedad. Para que te apliquen el descuento, debes comprobar que tu casa es de ese tipo y que su precio no pasa del límite que marca el artículo 2 de este código.

Texto oficial

ARTÍCULO 293.- Las personas físicas que adquieran o regularicen la adquisición de una vivienda de interés social o vivienda popular, tendrán derecho a una reducción equivalente al 80% y 60%, respectivamente, con relación al Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Derechos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, que se generen directamente por la adquisición o regularización. Para que los contribuyentes obtengan las reducciones contenidas en este artículo, deberán acreditar que su vivienda es de interés social o popular, cuyo valor no debe exceder de los determinados en el artículo 2 de este Código.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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