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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
294

Artículo 294 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una concesión o permiso para dar servicio de transporte público (como camiones, taxis o plataformas tipo Uber), o transporte privado de pasajeros o carga, tienes derecho a un descuento del 15% en el pago anual de la revisión mecánica de tu vehículo. Este descuento aplica sobre los montos que se mencionan en los artículos 220 y 222 del mismo código. Pero ojo, para que te hagan válido el descuento, debes pagar el total de la revisión de una sola vez, no en abonos.

Texto oficial

ARTÍCULO 294.- Los concesionarios y permisionarios del servicio público, mercantil, privado y particular de transporte de pasajeros y de carga, así como del servicio público de transporte individual de pasajeros, tendrán derecho a una reducción equivalente al 15%, respecto de los derechos por la revista reglamentaria anual, contemplados en los artículos 220 y 222 de este Código. Las personas a que se refiere este artículo, para obtener la reducción deberán efectuar el pago de los citados derechos en una sola exhibición.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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