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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
322

Artículo 322 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que recibe la Ciudad de México por parte del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal cuenta como ingresos de la ciudad. Esto siempre y cuando se firme un acuerdo o convenio de coordinación con el gobierno federal, siguiendo las leyes que aplican. En pocas palabras, es la lana que le toca a la capital del país por participar en ese sistema de reparto de impuestos.

Texto oficial

ARTÍCULO 322.- Se considerarán como ingresos de la Ciudad de México los derivados del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, de conformidad con el Acuerdo o Convenio de Coordinación que al efecto se celebre, y la legislación aplicable.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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