- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 354
Artículo 354 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para efectos de este Código, los bienes chatarra son cosas que ya no sirven para nada porque están tan viejas, rotas, podridas o descompuestas que no se pueden usar ni reparar. Por ejemplo, un coche que ya no enciende y está todo oxidado, o una lavadora que tronó y no tiene arreglo. Si un objeto está en este estado, la ley lo considera chatarra. Esto es importante porque define cómo se deben manejar legalmente esos objetos.
Texto oficial
ARTÍCULO 354.- Para los efectos de este Código, se entenderá por bienes chatarra, aquellos que se encuentren deteriorados, inservibles, destruidos, desbaratados, podridos o inutilizados permanentemente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.