Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/435
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
435

Artículo 435 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una autoridad toma una decisión o emite un aviso que te afecta, tiene máximo 20 días hábiles para notificártelo desde el momento en que lo decide. Si no te lo informan en ese tiempo, la notificación se puede considerar fuera de tiempo. Esto aplica para cualquier trámite o acto de gobierno que tenga que ver contigo.

Texto oficial

ARTÍCULO 435.- Las notificaciones de los actos administrativos se efectuarán, a más tardar, durante los veinte días siguientes al en que se dicten las resoluciones o actos respectivos.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.