- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 435
Artículo 435 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una autoridad toma una decisión o emite un aviso que te afecta, tiene máximo 20 días hábiles para notificártelo desde el momento en que lo decide. Si no te lo informan en ese tiempo, la notificación se puede considerar fuera de tiempo. Esto aplica para cualquier trámite o acto de gobierno que tenga que ver contigo.
Texto oficial
ARTÍCULO 435.- Las notificaciones de los actos administrativos se efectuarán, a más tardar, durante los veinte días siguientes al en que se dicten las resoluciones o actos respectivos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.