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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
438

Artículo 438 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El citatorio (un aviso oficial para que asistas a una cita con la autoridad fiscal) solo es válido si tiene estos datos: - La fecha exacta en que se hizo el citatorio (día, mes y año). - Tu nombre completo y la fecha de la cita, con hora, día, mes y año. - El domicilio (dirección) al que debes presentarte. - El nombre y firma de la persona que recibió el citatorio. Si esa persona no sabe leer ni escribir, debe poner su huella digital. Si se niega a hacerlo, el notificador (la persona que entrega el documento) lo anota, pero el citatorio sigue siendo válido. - Explicar claramente por qué necesitan que vayas tú o tu representante legal.

Texto oficial

ARTÍCULO 438.- Para efectos del citatorio a que se refiere el artículo 436 de este Código, el mismo para su validez deberá contener: Fecha en que se realiza el citatorio considerando el día, mes y año; Nombre de la persona a quien va dirigido el citatorio, así como la fecha en la que se le cita, indicando hora, día, mes y año; Domicilio en que se le cita; Nombre o, en su caso, la referencia de la persona a la que se le entregó el citatorio, su firma y para el caso de que la misma no supiera leer o escribir, estampará su huella digital, salvo que se negare a ello, caso en el cual el notificador asentará esa cuestión, sin que ello afecte la validez del citatorio, y Deberá indicar el motivo para lo cual se requiere la presencia del contribuyente o su representante legal.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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