- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 451
Artículo 451 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si haces algo que la ley marca como infracción, tú eres el responsable. Básicamente, si cometes una falta o rompes una regla, no le eches la culpa a nadie más: tú pagas las consecuencias. La autoridad puede sancionarte por lo que hiciste, sin andar buscando a otro.
Texto oficial
ARTÍCULO 451.- Son responsables de la comisión de las infracciones, las personas que realicen los supuestos previstos como tales en este Código.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.