- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 464
Artículo 464 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometes algún error con tus datos en el registro de contribuyentes (como el RFC), te pueden multar con entre 629 y 1,101 pesos. Esto pasa cuando no te registras a tiempo o lo haces fuera del plazo, siempre y cuando no lo hagas por tu cuenta antes de que te descubran. También te multan si no presentas los avisos que pide el código, o si los das fuera del tiempo, otra vez a menos que los entregues voluntariamente. Además, aplica la multa si no sacas las placas de circulación de tu vehículo, como lo marca la ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 464.- Las infracciones relacionadas con los padrones de contribuyentes, darán lugar a la imposición de una multa de $629.00 a $1,101.00, en los siguientes casos: Párrafo reformado de su valor G.O.CDMX 19/12/25 No solicitar la inscripción o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente de manera espontánea; No presentar los avisos que establece este Código o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la presentación sea espontánea, y No obtener las placas de circulación ante las autoridades competentes, de conformidad con el párrafo primero del artículo 160, del presente Código. CAPÍTULO II De las Infracciones y Sanciones Relacionadas con la Presentación de Declaraciones e Informes en General
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.