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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
470

Artículo 470 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si por error en tus cuentas (como sumar mal o poner un número equivocado) pagaste menos impuestos de los que debías en tu declaración, te van a multar con entre el 10% y el 20% de lo que faltaste de pagar. Pero si te notifican el error y dentro de los 15 días hábiles siguientes pagas lo que debes más los recargos, la multa se reduce a la mitad. Lo mejor es que no necesitas ningún trámite ni que Hacienda te firme un papel para que te apliquen el descuento.

Texto oficial

ARTÍCULO 470.- Tratándose de la omisión de contribuciones por error aritmético en las declaraciones, se impondrá una multa del 10% al 20% de las contribuciones omitidas. En caso de que dichas contribuciones se paguen junto con sus accesorios, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta sus efectos la notificación de la diferencia respectiva, la multa se reducirá a la mitad, sin que para ello se requiera resolución administrativa.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.