- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 470
Artículo 470 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si por error en tus cuentas (como sumar mal o poner un número equivocado) pagaste menos impuestos de los que debías en tu declaración, te van a multar con entre el 10% y el 20% de lo que faltaste de pagar. Pero si te notifican el error y dentro de los 15 días hábiles siguientes pagas lo que debes más los recargos, la multa se reduce a la mitad. Lo mejor es que no necesitas ningún trámite ni que Hacienda te firme un papel para que te apliquen el descuento.
Texto oficial
ARTÍCULO 470.- Tratándose de la omisión de contribuciones por error aritmético en las declaraciones, se impondrá una multa del 10% al 20% de las contribuciones omitidas. En caso de que dichas contribuciones se paguen junto con sus accesorios, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta sus efectos la notificación de la diferencia respectiva, la multa se reducirá a la mitad, sin que para ello se requiera resolución administrativa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.