Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/474
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
474

Artículo 474 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 474 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Esto significa que ya no debes preocuparte por lo que decía antes, porque quedó anulado por completo. Al decir que se "deroga", la autoridad lo quitó oficialmente del ordenamiento jurídico. En pocas palabras, ese artículo ya no es válido y no se aplica a nadie.

Texto oficial

ARTÍCULO 474.- Se deroga.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.