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- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 474
Artículo 474 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 474 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Esto significa que ya no debes preocuparte por lo que decía antes, porque quedó anulado por completo. Al decir que se "deroga", la autoridad lo quitó oficialmente del ordenamiento jurídico. En pocas palabras, ese artículo ya no es válido y no se aplica a nadie.
Texto oficial
ARTÍCULO 474.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.