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- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 477
Artículo 477 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo simplemente dice que fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ya no tiene validez ni efectos legales. Es como si ese artículo nunca hubiera existido, así que ya no debes tomarlo en cuenta para nada.
Texto oficial
ARTÍCULO 477.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.