- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 77
Artículo 77 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las autoridades fiscales (el SAT local de la Ciudad de México) pueden calcular cuánto dinero ganaste basándose en lo que ellas crean, en lugar de revisar tus documentos reales. Esto puede pasar si tú, como contribuyente, te niegas a que te hagan una auditoría o pones trabas para que no inicie o avance. También aplica si no entregas los libros contables, facturas o informes que te pidan, o si entregas papeles alterados o con datos falsos. O si no llevas los registros contables que la ley exige, o no los guardas en un domicilio dentro de la Ciudad de México. Por último, si encuentran otros errores en tu contabilidad o documentos que les impidan saber cuánto ganaste, ellos pueden calcular tus ingresos como les parezca.
Texto oficial
ARTÍCULO 77.- Las autoridades fiscales también podrán estimar los ingresos de los sujetos pasivos, de los responsables solidarios o de los terceros, en cualquiera de los siguientes casos: Cuando se resistan y obstaculicen por cualquier medio el inicio o desarrollo de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales; Fracción reformada G.O. CDMX 19/12/25 Cuando no proporcionen los libros, documentos, informes o datos que se les soliciten; Cuando presenten libros, documentos, informes o datos alterados o falsificados, o existan vicios o irregularidades en su contabilidad, Fracción reformada G.O. CDMX 19/12/25 Cuando no lleven los libros o registros a que están obligados, o no los conserven en domicilio ubicado en la Ciudad de México, y Fracción reformada G.O. CDMX 19/12/25 Cuando se adviertan otras irregularidades en sus registros, o documentos, que imposibiliten el conocimiento de sus ingresos o impidan la determinación de sus ingresos. Fracción adicionada G.O. CDMX 19/12/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.