- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 78
Artículo 78 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el SAT revisa tus impuestos y encuentra que no llevaste bien tu contabilidad o no registraste ingresos correctamente (eso es una “causal de estimativa”), entonces el SAT va a calcular tus ingresos por ti. Para eso, primero intenta reconstruir tus operaciones normales de al menos 30 días (con tu contabilidad, facturas o datos de terceros), saca un promedio diario y lo multiplica por los días del periodo que están revisando. Si no se puede armar lo de 30 días, el SAT usa apenas 3 días de operaciones normales, calcula el promedio diario y lo multiplica por los días del periodo. A ese ingreso que el SAT calculó de manera estimada le aplica el impuesto correspondiente, a menos que tú demuestres que en realidad ganaste menos.
Texto oficial
ARTÍCULO 78.- En caso de que los contribuyentes se coloquen en alguna de las causales de estimativa se presumirá, salvo que comprueben su ingreso por el período respectivo, que el ingreso es igual al resultado de alguna de las siguientes operaciones: Si con base en la contabilidad y documentación del contribuyente, información de terceros y cualquier otro medio pudieran reconstruirse las operaciones correspondientes cuando menos a treinta días, el ingreso diario promedio que resulte se multiplicará por el número de días que corresponda al período objeto de la revisión, y Si la contabilidad y documentación del contribuyente no permite reconstruir las operaciones de treinta días, la Secretaría tomará como base los ingresos que observe durante tres días cuando menos de operaciones normales y el promedio diario resultante se multiplicará por el número de días que comprende el período objeto de revisión. Al ingreso estimado presuntivamente por alguno de los procedimientos anteriores, se le aplicará la tasa o tarifa impositiva que corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.