- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las contribuciones que se mencionan en este código se dividen en tres tipos. Los **impuestos** son pagos que hacen las personas (como tú) o las empresas al gobierno, solo porque cumplen con ciertas condiciones que la ley ya estableció. Las **contribuciones de mejoras** son pagos que deben hacer los dueños de terrenos o casas cuando una obra pública (como pavimentar su calle) les beneficia directamente. Los **derechos** son pagos por usar cosas del gobierno de la Ciudad de México, como parques públicos o servicios como trámites, pero no aplican si el gobierno te da una concesión o permiso, ni si el servicio lo da una dependencia especial.
Texto oficial
ARTÍCULO 9.- Las contribuciones establecidas en este Código, se clasifican en: Impuestos. Son los que deben pagar las personas físicas y morales, que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista en este Código, y que sean distintas a las señaladas en las fracciones II y III de este artículo; Contribuciones de mejoras. Son aquéllas a cargo de personas físicas o morales, privadas o públicas, cuyos inmuebles se beneficien directamente por la realización de obras públicas, y Derechos. Son las contraprestaciones por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Ciudad de México, con excepción de las concesiones o los permisos, así como por recibir los servicios que presta la Entidad en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando, en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas como tales en este Código.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.