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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-responsabilidad-parlamentaria-congreso/22
Ley
Código de Responsabilidad parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México
Artículo
22

Artículo 22 del Código de Responsabilidad parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para notificarte algo, te tienen que buscar personalmente y darte en la mano una copia del expediente. Ese expediente incluye la queja, los documentos que presentó la persona que se quejó y cualquier otro papel que esté dentro del caso. Así te aseguras de saber exactamente de qué te están acusando o qué están revisando.

Texto oficial

Artículo 22. La notificación se hará de manera personal, debiendo entregarles una copia del expediente que se haya formado con la queja y la documentación acompañada por la parte quejosa y otros documentos que formen parte del mismo.

Ver texto oficial del Código de Responsabilidad parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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