- Ley
- Código de Responsabilidad parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México
- Artículo
- 22
Artículo 22 del Código de Responsabilidad parlamentaria del Congreso de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para notificarte algo, te tienen que buscar personalmente y darte en la mano una copia del expediente. Ese expediente incluye la queja, los documentos que presentó la persona que se quejó y cualquier otro papel que esté dentro del caso. Así te aseguras de saber exactamente de qué te están acusando o qué están revisando.
Texto oficial
Artículo 22. La notificación se hará de manera personal, debiendo entregarles una copia del expediente que se haya formado con la queja y la documentación acompañada por la parte quejosa y otros documentos que formen parte del mismo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.