Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-acceso-mujeres-vida-libre-violencia/38
Ley
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
Artículo
38

Artículo 38 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres mujer y has sido víctima de violencia, la Consejería Jurídica (la oficina del gobierno que da asesoría legal) te ayudará a que te perdonen o reduzcan el pago por sacar copias certificadas de tus actas de nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción. Esto significa que no tendrás que pagar o pagarás menos por estos trámites importantes. El gobierno se encarga de gestionar ese apoyo para que puedas obtener tus documentos sin problemas económicos.

Texto oficial

Artículo 38. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales gestionará las facilidades y exenciones para el pago de derechos y expedición de copias certificadas de las actas del estado civil de las Personas, para mujeres víctimas de violencia.

Ver texto oficial de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.