- Ley
- Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las juntas de la Coordinación Interinstitucional las encabeza quien sea el Jefe de Gobierno de la Ciudad. La Secretaria de las Mujeres se encarga de organizar y coordinar esas reuniones. En pocas palabras, el jefe de gobierno es el que preside, y la secretaria de las mujeres es la que hace el trabajo operativo.
Texto oficial
Artículo 44. Las reuniones de la Coordinación Interinstitucional serán presididas por la persona Titular de la Jefatura de Gobierno y funcionará como Secretaría Ejecutiva, la persona Titular de la Secretaría de las Mujeres.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.