- Ley
- Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
- Artículo
- 54
Artículo 54 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las mujeres tienen derecho a que el gobierno de la Ciudad de México (dependencias, entidades y alcaldías) las apoye para hacer valer sus derechos, ya sea en temas civiles, familiares, penales, etc. Para lograrlo, las autoridades deben tomar medidas que las protejan, acompañarlas durante todo el proceso, darles asesoría y representación legal, y si es necesario, asegurarse de que reciban una reparación por el daño sufrido. En pocas palabras, significa que el gobierno debe ayudar a las mujeres a acceder a la justicia de manera fácil y efectiva.
Texto oficial
Artículo 54. El acceso a la justicia de las mujeres, es el conjunto de acciones jurídicas que deben realizar las dependencias, entidades de la Ciudad de México y las Alcaldías para hacer efectiva la exigibilidad de sus derechos en los ámbitos civil, familiar, penal, entre otros. Implica la instrumentación de medidas de protección, así como el acompañamiento, la representación jurídica y, en su caso, la reparación del daño.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.