Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-acceso-mujeres-vida-libre-violencia/65
Ley
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
Artículo
65

Artículo 65 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que te pongan una medida de protección (como una orden de alejamiento), en menos de cinco días el juez te va a citar a una audiencia para decidir si la mantiene, la hace más amplia o la cancela. Pero si la cancela, solo lo hará si está comprobado que ya no hay riesgo para ti. Si la persona que te agredió no respeta esa medida, aunque no le hayan dado una sentencia penal todavía, las autoridades van a reforzar la protección para cuidar tu vida y tu seguridad, y la de tus familiares o personas cercanas si también están en peligro.

Texto oficial

Artículo 65.- Dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas en las fracciones I, II y III del artículo 63 de esta Ley, deberá celebrarse una audiencia en la que el órgano jurisdiccional correspondiente podrá ratificarlas, ampliarlas o cancelarlas, en este último caso siempre y cuando se encuentre documentado que el riesgo ha cesado. En caso de que la persona agresora incumpla cualquier medida de protección, con independencia de la responsabilidad penal del sujeto activo, se reforzarán las acciones que se contemplaron en un primer momento con la finalidad de salvaguardar la vida y seguridad de las víctimas directas o indirectas.

Ver texto oficial de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.