- Ley
- Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
- Artículo
- 66
Artículo 66 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las medidas de protección duran todo el tiempo que el peligro todavía exista. Cada tres meses se revisan para asegurarse de que siguen siendo necesarias. Su objetivo es cuidar la vida, la seguridad y la libertad de las mujeres y niñas que sufren violencia, y también de sus familiares o personas cercanas que estén en riesgo. Si el riesgo ya no está, las medidas pueden quitarse.
Texto oficial
Artículo 66. Las medidas de protección serán permanentes en tanto el riesgo persista, se mantendrán vigentes con una revisión trimestral que justifique su permanencia, para salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas en situación de violencia, así como de las víctimas indirectas en situación de riesgo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.