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Ley
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que todas las oficinas del gobierno (como dependencias, delegaciones y otras áreas) deben enviar a la Secretaría sus planes de compras, rentas y servicios en la fecha que ella les pida. Esto se hace para que la Secretaría los revise y decida si los aprueba o no. En resumen, es como cuando le pides permiso a tu jefe para hacer un gasto grande: primero le presentas el plan y él te da el visto bueno.

Texto oficial

Artículo 18.- Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, remitirán a la Secretaría sus programas y presupuestos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios en la fecha que ésta determine para su examen y aprobación correspondiente.

Ver texto oficial de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.