- Ley
- Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley dice que todas las oficinas del gobierno (como dependencias, delegaciones y otras áreas) deben enviar a la Secretaría sus planes de compras, rentas y servicios en la fecha que ella les pida. Esto se hace para que la Secretaría los revise y decida si los aprueba o no. En resumen, es como cuando le pides permiso a tu jefe para hacer un gasto grande: primero le presentas el plan y él te da el visto bueno.
Texto oficial
Artículo 18.- Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, remitirán a la Secretaría sus programas y presupuestos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios en la fecha que ésta determine para su examen y aprobación correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.