- Ley
- Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gabinete va a decir qué productos y servicios comunes (como papelería o renta de equipo) todas las oficinas del gobierno deben comprar juntas, para conseguir mejor precio, calidad y rapidez. Si hay cosas que no están en esa lista, las oficinas de gobierno sí pueden ponerse de acuerdo entre ellas para comprar o rentar en grupo y así también obtener mejores condiciones. Pero en ese caso deben seguir las reglas del Código Financiero y las que ponga la Secretaría para manejar el presupuesto.
Texto oficial
Artículo 23.- El Gabinete mediante disposiciones de carácter general, determinará, en su caso, los bienes y servicios de uso generalizado que en forma consolidada o centralizada deberán adquirir, arrendar o contratar las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados y entidades de manera conjunta, con objeto de obtener las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad. Sin perjuicio de lo anterior, las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades podrán consolidarse entre una o más áreas para la adquisición o arrendamiento de bienes o prestación de servicios, distintos a los señalados en el párrafo anterior, con la finalidad de obtener mejores condiciones observando para tal efecto las disposiciones del Código Financiero y las demás que establezca la Secretaría para el ejercicio del presupuesto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.