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Ley
Ley de Albergues Privados para Personas Adultas Mayores de la Ciudad de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley de Albergues Privados para Personas Adultas Mayores de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los familiares de una persona que vive en un albergue privado pueden sacarlo a pasear fuera de ahí. Es un derecho que tienen, así que el albergue no se los puede negar. Esto aplica siempre y cuando se sigan las reglas del lugar, claro. En pocas palabras, si un residente está en un albergue particular, su familia puede llevarlo a dar la vuelta.

Texto oficial

Artículo 39.- Los familiares del Residente tienen derecho a llevar a pasear fuera de las instalaciones del Albergue Privado al Residente.

Ver texto oficial de la Ley de Albergues Privados para Personas Adultas Mayores de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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