- Ley
- Ley de Albergues Privados para Personas Adultas Mayores de la Ciudad de México
- Artículo
- 46
Artículo 46 de la Ley de Albergues Privados para Personas Adultas Mayores de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes derecho a que te traten con respeto y dignidad en el lugar donde vivas. Esto significa que nadie te puede humillar, insultar o hacer sentir mal, ya sea por parte de los encargados o de otros vecinos. La idea es que todos puedan convivir en paz y que los servicios que te corresponden se te den sin problemas. Básicamente, exige que te traten como persona, sin abusos ni malos tratos.
Texto oficial
Artículo 46.- El Residente tiene derecho a recibir un trato digno y respetuoso, que facilite la convivencia y la prestación de los servicios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.