- Ley
- Ley de Albergues Públicos y Privados para Niñas y Niños del Distrito Federal
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley de Albergues Públicos y Privados para Niñas y Niños del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los albergues para niñas y niños deben cumplir con varias medidas de seguridad. Por ejemplo, el piso de los baños tiene que ser antiderrapante para evitar resbalones, y todos los enchufes y apagadores deben tener protección para que los niños no se lastimen. Los calentones y tuberías no deben tener bordes filosos o partes que sobresalgan y puedan causar quemaduras o golpes. Los muebles que puedan ser peligrosos, como repisas o libreros, deben estar bien fijados al piso o a la pared para que no se caigan. También deben tener al menos una salida de emergencia siempre libre de cosas y en buen estado, y no se puede usar andadores, patios o áreas de juego para guardar cosas.
Texto oficial
Artículo 26.- Las instalaciones de los albergues deberán tener las siguientes medidas de seguridad: El suelo de los sanitarios será de material antiderrapante; Todos los mecanismos eléctricos deberán contar con protección infantil; Los aparatos de calefacción y las tuberías deben evitar la posibilidad de quemaduras o daños producidos por elementos salientes o aristas vivas a las y los residentes y personal del albergue; Todo mobiliario con riesgo para las niñas y niños o el personal, deberá estar anclado o fijo a pisos, muros o techos; Establecer políticas para el acceso de vehículos a la zona de estacionamiento en caso de contar con dicha área; Las zonas de paso, patios y espacios de recreo no se podrán utilizar en ningún caso como zonas de almacenaje, y Se debe contar con al menos una salida de emergencia con medidas reglamentarias, debiéndose verificar y comprobar periódicamente que se encuentre permanentemente despejada de obstáculos y que funcione correctamente. CAPÍTULO VI DEL PERSONAL DE LOS ALBERGUES PARA NIÑAS Y NIÑOS DEL DISTRITO FEDERAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.