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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-archivos/19
Ley
Ley de Archivos de la Ciudad de México
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley de Archivos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en el gobierno y te vas a separar de tu puesto (por renuncia, cambio de área, etc.), estás obligado a entregar todo el papeleo y documentos que tenías a tu cargo. Esa entrega debe hacerse con un acta oficial y los archivos deben estar ordenados y completos. Además, tienes que entregar los listados o sistemas que ayudan a encontrar y controlar esos documentos, todo actualizado. Básicamente, la ley te pide que no dejes un desorden cuando te vayas, sino que todo quede claro para la persona que te reemplace.

Texto oficial

Artículo 19. Las personas servidoras públicas que deban elaborar un acta de entrega-recepción al separarse de su empleo, cargo o comisión, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, deberán entregar los archivos que se encuentren bajo su custodia debidamente organizados, así como los instrumentos de control y consulta archivísticos actualizados.

Ver texto oficial de la Ley de Archivos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.