- Ley
- Ley de Archivos de la Ciudad de México
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley de Archivos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que cada institución pública debe tener un sistema de archivos organizado. Este sistema incluye un área que coordina todo, más varias áreas de trabajo: la que recibe y envía correspondencia, el archivo de trámite (donde están los documentos que se están usando), el archivo de concentración (para papeles que ya no se usan tanto) y, si hay dinero y recursos, el archivo histórico (para documentos viejos e importantes). Los jefes de cada área eligen a los responsables de los archivos de trámite, pero los jefes más altos de la institución nombran a los encargados del archivo de concentración y del histórico. Estas personas deben tener preferentemente carrera en archivística o áreas parecidas, además de experiencia comprobada en el manejo de archivos.
Texto oficial
Artículo 23. El Sistema Institucional de cada sujeto obligado deberá integrarse por: Área Coordinadora de Archivos Las áreas operativas siguientes: De Correspondencia; Archivo de trámite, por área o unidad; Archivo de concentración, y Archivo histórico, en su caso, sujeto a la capacidad presupuestal y técnica del sujeto obligado. Las demás áreas que conforman el COTECIAD. Los responsables de los archivos referidos en la fracción II, inciso b, serán nombrados por el titular de cada área o unidad; los responsables del archivo de concentración y del archivo histórico serán nombrados por el titular del sujeto obligado de que se trate. Los encargados y responsables de las áreas operativa de archivo de concentración e histórico deberán contar de preferencia con licenciatura en el área de archivística o gestión documental o, en su caso, en áreas afines y tener conocimientos, habilidades, competencias y experiencia acreditada en archivística.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.