- Ley
- Ley de Archivos de la Ciudad de México
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la Ley de Archivos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 25 dice que el COTECIAD (un comité de archivos) está formado por personas de distintas áreas de trabajo, como los encargados de los archivos actuales, los de planeación, los abogados, los de sistemas, los de transparencia y los de control interno. También pueden entrar los jefes de las áreas que generan documentos y otros trabajadores con experiencia que ayuden a que los archivos se manejen bien. Además, el comité puede pedir consejos a un experto en archivos, historia o en el tema principal de la institución.
Texto oficial
Artículo 25. Los COTECIAD son grupos interdisciplinarios y estarán integrados por los titulares de los archivos de trámite, concentración e histórico y por los titulares de: Coordinación de archivos; Planeación y/o mejora continua; Área Jurídica; Tecnologías de la información; Unidad de Transparencia; Órgano Interno de Control; Las áreas o unidades administrativas productoras de la documentación. Representantes de las áreas de Informática, sistemas y recursos financieros, y por aquellas personas que, por su experiencia, conocimiento y función dentro del sujeto obligado, se consideren idóneas para promover y garantizar la correcta gestión de documentos y administración de los archivos. El COTECIAD podrá recibir la asesoría de un especialista en archivística, historia o en la materia y objeto social del sujeto obligado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.