- Ley
- Ley de Archivos de la Ciudad de México
- Artículo
- 89
Artículo 89 de la Ley de Archivos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes documentos históricos o de archivo que forman parte del patrimonio de la Ciudad de México, puedes restaurarlos, pero primero debes pedir permiso al Archivo General. Además, todo el proceso de restauración tiene que hacerse bajo la supervisión de esa misma institución. En otras palabras, no puedes repararlos por tu cuenta ni con cualquier persona, sino que el Archivo debe autorizar y vigilar cómo se hace. Esto aplica tanto para hombres como para mujeres que tengan estos documentos en su poder.
Texto oficial
Artículo 89. Las y los particulares en posesión de documentos de archivo que constituyan Patrimonio Documental de la Ciudad de México podrán restaurarlos, previa autorización y bajo la supervisión del Archivo General.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.