- Ley
- Ley de Archivos de la Ciudad de México
- Artículo
- 90
Artículo 90 de la Ley de Archivos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Archivo General de la Ciudad puede quitarle un documento histórico a la persona que lo tenga, si ese papel está en peligro de dañarse o perderse. Antes de hacerlo, deben seguir las reglas establecidas y avisarle a la persona para que pueda defender su punto de vista. Esto quiere decir que no pueden quitarlo de golpe, sino que te tienen que escuchar primero. Todo esto está controlado por la ley para evitar abusos.
Texto oficial
Artículo 90. En todo momento, el Archivo General de la Ciudad podrá recuperar la posesión del documento de archivo que constituya Patrimonio Documental de la Ciudad, cuando se ponga en riesgo su integridad, debiéndose observar las disposiciones reglamentarias y la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, incluyendo la garantía de audiencia, así como las demás disposiciones jurídicas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.